Es una declaración de la voluntad soberana, dictada por el Congreso de la República, por medio de la cual se ordena, permite o prohíbe una cosa. Debe ser sancionada por el Presidente de la República.
Es una declaración de la voluntad soberana, dictada por el Congreso de la República, por medio de la cual se ordena, permite o prohíbe una cosa. Debe ser sancionada por el Presidente de la República.
La Ley define la libranza como la autorización dada por el asalariado o pensionado, al empleador o entidad pagadora, para que realice el descuento del salario o pensión disponible para el pago de un crédito.